Socios/as y colaboradores/as

¿Cómo puedo participar activamente en Raíz del Pueblo?

Además de participar en las numerosas actividades que se realizan en Raíz del Pueblo, puedes colaborar activamente con la asociación convirtiendote en colaborador/a, voluntario/a o asociandote a la misma. Si quieres colaborar o ser voluntario/a acercate, ponte en contacto con la asociación, y nos ponemos a ello.

Si quieres asociarte ten en cuenta que como norma general debes ser mayor de edad, pero si tienes entre 16 y 18 años (y no eres socio/a familiar) podras solicitarlo con autorización por escrito de tu padre, madre o tutor/a. Deberás presentar una solicitud por escrito manifestando su voluntad de contribuir al logro de los fines asociativos, así como la documentación y datos necesarios para su correcta inscripción, si fuera pertinente, en el Registro de Asociados. Dicha solicitud será tratada en la siguiente reunión de la Junta Directiva quien determinará provisionalmente la adquisición o no de dicha condición. Dicha resolución será comunicada al interesado, fundamentándola en el caso de ser negativa. El secretario incluirá en el orden del día de la próxima reunión de la Asamblea General la relación de todas las solicitudes presentadas, correspondiendo a la Asamblea General ratificar la admisión de los nuevos asociado/as. Las personas solicitantes deberán abonar una cuota de entrada para adquirir la condición de socio/a numerario/a o transehunte. Los socios/as familiares menores de edad podrán adquirir automáticamente la condición de socio/a numerario/a al cumplir los 18 años, si así lo desean.

En Raíz del Pueblo hay varios tipos de socios/as:

TIPODESCRIPCIÓN
FundadorPersona que suscribieron el Acta Fundacional de la Asociación.
Numerario/aPersona que se ha inscrito con posterioridad a la firma del Acta de Constitución y sea admitida como tal de acuerdo con los Estatutos.
FamiliaresLos cónyuges, pareja de hecho, hijos/as menores de edad (menores de 18 años) y dependientes y ascendientes dependientes en primer grado de los asociados numerarios o fundadores.
TranseuntePersona que, previa petición fundamentada, quieran ser asociada por un periodo no superior a tres años y sea admitida como tal de acuerdo con los Estatutos. Una vez transcurrido este periodo (tres años) el asociado transeúnte deberá solicitar su inscripción como socio numerario o perderá la condición de asociado a esta asociación
Honorario/aPersona que a juicio de la Asamblea General colaborase de forma notable en el desarrollo de los fines de la Asociación y/o quienes destaquen por ayudar a la Asociación, o que por su labor en la Asociación hayan contribuido de manera excepcional a la proyección y reconocimiento de la misma.
Tipos de socios/as

Derechos de los socios/as

Todos los/as socios/as tienen los siguientes derechos:

  • Asistir, con voz, a las Asambleas Generales.
  • Ser informados del desarrollo de las actividades de la entidad.
  • Participar en los actos de la asociación.
  • Conocer los estatutos, los reglamentos y normas de funcionamiento de la asociación.
  • Separarse libremente de la asociación.
  • Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado, en su caso, el acuerdo que imponga la sanción.

Además los/as socios/as transeuntes, numerarios, fudadores y honorarios podrán:

  • Solicitar el uso de las instalaciones de la Asociación de acuerdo a lo recogido en el Reglamento de Régimen Interior y en los acuerdo adoptados por los órganos de gobierno en este sentido.
  • Consultar los libros de la asociación, conforme a las normas que determinen su acceso a la documentación de la entidad.

Además los/as socios/as numerarios y fundadores podrán:

  • Formar parte de los órganos directivos de la Asociación.
  • Votar en las Asambleas Generales.
  • Impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación, cuando los estime contrarios a la Ley o a los Estatutos.

Obligaciones de los/as socios/as

Todos los/as socios/as tienen las siguientes obligaciones:

  • Compartir las finalidades de la asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
  • Cumplir las obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
  • Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la Asociación.

Además los/as socios/as transeuntes, numerarios/as y fudadores tienen la obligación de:

  • Contribuir al sostenimiento económico de la Asociación abonando  las cuotas, derramas y otras aportaciones que se determinen mediante acuerdo adoptado por la Asamblea General.

Un/a socio/a perderá su cualidad (dejará de ser socio/a):
  • Por voluntad del interesado/a, este/a lo manifiesta por escrito a la Junta Directiva.
  • Por la perdida de las condiciones necesarias para ser socio/a familiar.
  • Por haber transcurrido los tres años con la condición de socio/a transeúnte y no haber solicitado su admisión como socio numerario.
  • Por acuerdo adoptado por el órgano competente de la asociación, conforme al régimen disciplinario establecido.
  • Por sentencia judicial.
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